viernes, 23 de enero de 2009

Cómo calcular el paro a cobrar

Cuando una persona se queda en el paro, lo primero que debe conocer es si cumple las condiciones y requisitos exigidos para poder cobrar la prestación por desempleo. Para empezar, la causa por la que perdió su puesto de trabajo debe quedar reconocida en la lista de supuestos que el INEM elabora. Entre ellos figuran el despido, la terminación de un contrato temporal, la aplicación de un expediente de regulación de empleo, así como estar en un periodo de inactividad si es trabajador fijo discontinuo. Además, queda reconocida como causa para poder percibir el paro el cese voluntario del trabajador por no aceptar el traslado de su puesto de trabajo a otra localidad, si ello conlleva cambio de domicilio o alguna modificación en su jornada laboral o en sus turnos de trabajo. La cuantía de esta prestación económica dependerá de lo que la empresa haya cotizado a la Seguridad Social por el trabajador.

La cuantía del paro se calcula a partir de la base reguladora, que se obtiene dividiendo entre 180 la cantidad de dinero que la empresa ha cotizado a la Seguridad Social por el trabajador en los últimos 180 días naturales antes del despido o cese, incluido el periodo de vacaciones si corresponde.

Para conocer esta cifra, el trabajador debe revisar sus últimas seis nóminas y buscar en el apartado de base de contingencias comunes su valor. Por ejemplo, una persona que haya sido despedida el 1 de septiembre de 2008 deberá remontarse hasta el 1 de marzo de este mismo año y comenzar a calcular las contingencias comunes que su empresa pagaba por ella a la Seguridad Social. Una vez identificadas las bases, se deben sumar todas y se dividen entre 180 para obtener la base reguladora diaria de la prestación por desempleo del sujeto. A esta cuantía hay que aplicarle dos tipos de deducciones: las aportaciones a la Seguridad Social, y las retenciones a cuenta del IRPF.
De todos modos, todos los cálculos quedan sujetos a unos límites mínimos y máximos que el INEM fija anualmente. Así para este año, ninguna prestación por desempleo será inferior a 482,44 euros en el caso de que el solicitante no soporte cargas familiares, ni a 645,26 si el desempleado tiene hijos menores de 26 años que perciban rentas inferiores a 600 euros mensuales. Por el contrario, la cuantía del paro que se debe recibir nunca excederá 1.055,33 si no se tienen descendientes menores, ni 1.356,86 en el caso de que el solicitante tenga dos o más hijos menores.
Durante cuánto tiempo se recibe prestación
El periodo de tiempo en el que el desempleado tiene derecho a recibir el paro se calcula en función de las cotizaciones realizadas en los últimos seis años, y siempre que no se hayan tenido en cuenta para prestaciones anteriores, ya que si se disfruta en una ocasión del paro la cotización no se guarda sino que se pierde para futuras solicitudes. Así, cuanto más tiempo haya cotizado el trabajador más meses de paro acumulará. Ahora bien, como en todo, hay unos topes. Y en este caso, se fija en los 2.160 días, unos 6 años cotizados dan derecho a casi dos años de prestación de desempleo; en concreto, a 720 días. CONSUMER

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