martes, 8 de marzo de 2011

Derecho a residencia y trabajo para los irregulares con un hijo ciudadano de la UE

Los inmigrantes irregulares que tengan un hijo con nacionalidad de un país de la Unión Europea tienen derecho a residir y trabajar en ese territorio, pues lo contrario supondría privar al menor de su condición de ciudadano comunitario, según sentenció hoy el Tribunal de Justicia de la UE.
El fallo resuelve el litigio planteado por la negativa de las autoridades Bélgica a reconocer la residencia permanente y el derecho de trabajo a una pareja de colombianos, padres de dos hijos con nacionalidad belga.
"La ciudadanía de la Unión exige que un Estado miembro autorice a los nacionales de un país tercero, progenitores de un menor que tiene la nacionalidad de dicho Estado miembro, a residir y trabajar en él", señala la resolución judicial.



Una denegación, añade el fallo, "privaría a dicho menor del disfrute efectivo de la esencia de los derechos vinculados al estatuto de ciudadano de la Unión".
La necesidad de reconocer la residencia permanente se aplica también cuando el menor no ha ejercido nunca su derecho de libre circulación en territorio de los Estados miembros, precisa el fallo.
El litigio al que se refiere la sentencia comenzó cuando las autoridades belgas denegaron el estatuto de refugiados y ordenaron abandonar el país a la pareja colombiana que, mientras esperaba la resolución definitiva de su solicitud de regularización, tuvo dos hijos que adquirieron la nacionalidad belga.
Aún careciendo de permiso de trabajo, el padre, Gerardo Ruiz Zambrano, logró trabajar para una empresa en Bélgica, lo que generó el pago de cotizaciones a la seguridad social.
Cuando, en un momento posterior, el ciudadano se encontró en situación de desempleo y solicitó recibir las consiguientes prestaciones, las autoridades belgas les denegaron el derecho por incumplir la normativa nacional sobre estancia de extranjeros y derecho a trabajar en Bélgica.
Por otra parte, se rechazó su petición de residencia permanente en el país por considerar que, intencionadamente, la pareja no había realizado los trámites para el reconocimiento de la nacionalidad colombiana de sus hijos, al objeto de regularizar su estancia en Bélgica.
El Tribunal de Trabajo de Bruselas pidió al Tribunal de Justicia que se pronunciara sobre el caso.
En su sentencia, el Tribunal de Justicia señala que la denegación del permiso de residencia en el caso en cuestión tendría como consecuencia que los dos menores de nacionalidad belga se verían obligados a abandonar la UE para acompañar a sus progenitores, lo que les privaría de sus derechos como ciudadanos europeos.
Cortesía agencia EFE

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