domingo, 15 de enero de 2012

Trámites oficiales que ya no tendrán que hacerse en Colombia

Con la firma de un decreto ley, el presidente Juan Manuel Santos espera que la llamada 'tramitomanía' se acabe de una vez por todas en el país, pero también hacer posible que se cumpla el artículo 83 de la Constitución, el cual presume la buena fe de los colombianos.
Los trámites y documentos que se eliminan son:

EL PASADO JUDICIAL: Ninguna empresa o entidad podrá exigir este documento. Sin embargo, eso no significa que no se lleven registros de antecedentes penales.


DENUNCIA POR PERDIDA DE DOCUMENTOS: En adelante a quien se le extravíe un papel que lo identifique no necesitará la denuncia ante la Policía para renovarlo ante la entidad pública o privada. “Hay que creerle que se le perdió”, afirmó el presidente.

DECLARACIONES EXTRAJUICIO: Las entidades públicas, privadas o los particulares no podrán pedir declaraciones extrajuicio para que se pueda hacer un trámite. Una de ellas la de parentesco.

CERTIFICADO DE ESTUDIOS: No se necesitará para afiliar a una EPS como beneficiario a un hijo de entre 18 y 25 años.

EXIGENCIAS A PENSIONADOS PARA RETIRAR DINERO:A los pensionados de escasos recursos que devenguen menos de dos salarios mínimos no se les podrá exigir tener saldos mínimos en las cuentas bancarias, por lo que podrán sacar todo el dinero de la cuenta.

REVISION TECNOMECANICA DE CARROS PARTICULARES A LOS DOS AÑOS: Sólo se podrá hacer a partir del sexto año de uso.

OTROS CAMBIOS:
-Las negativas de los servicios de salud y medicamentos que usualmente hacen las entidades de salud y sus funcionarios se tendrán que hacer por escrito.
- Las citas de medicina general y odontología ante las Empresas Prestadoras de Salud (EPS) se podrán pedir a través de internet y estas se deberán conceder en un plazo máximo de tres días.
- Se podrá solicitar el apostillaje de documentos a través del correo postal. Eso evitará desplazamientos inoficiosos de los solicitantes.
- El Ministerio de Educación tiene la obligación, antes de dos meses, de convalidar los títulos obtenidos en otros países.
- Desde el 1º de julio de 2012 no se podrán pedir certificaciones de supervivencia a los jubilados para reclamar su pensión. La idea es que la entidad pida directamente a la Registraduría Nacional los datos que permitan establecer si una persona está viva o muerta.
- Las licencias de conducción ya no van a ser por cinco años. Con la reforma, los pases tendrán que tener una vigencia de 10 años.
- Los exámenes psicotécnicos se podrán hacer en una EPS, lo que abarata ese trámite ya que el examen no podrá costar más de lo vale una consulta médica.
- Las multas de tránsito se podrán pagar desde el lugar en el que se habite y no desde donde se cometió la infracción.
- Las placas de tránsito se eliminan para los tractores, vehículos de tracción animal e incluso bicicletas.
- Los colombianos que viven fuera de Bogotá no tendrán que ir a la capital del departamento, a la sede principal de una entidad pública, para hacer un trámite administrativo. En adelante, la responsabilidad de esos documentos será exclusivamente del Estado.
- Es obligación de las entidades públicas recibir pagos por medios electrónicos. Además, los funcionarios no podrán devolver documentos por errores irrelevantes que se pueden aclarar en anexos.
- No se podrá exigir un documento autenticado en notaría como los contratos de arriendo, las firmas, etc.
- Las entidades públicas no podrán exigir los recibos anteriores para poder hacer reclamaciones de pagos u otras solicitudes.
- El Registro Único Tributario (RUT) se pueda solicitar vía electrónica.
- La posibilidad de presentar libros de contabilidad de manera electrónica.
- Las licencias de funcionamiento quedan renovadas automáticamente si la entidad que la emite no contesta la solicitud del propietario.

De este modo, con el decreto se elimina, racionaliza o se vuelven automáticos los trámites innecesarios. También quedó claro que en los próximos meses se espera incorporar otras normas complementarias.

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