jueves, 18 de noviembre de 2010

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE REAGRUPACION FAMILIAR

Tengo a mi madre aqui porque necesito que me ayude a cuidar de mi niña mientras trabajo, ella cumple 65 años en enero y queria saber si podia reagruparla estando ella aqui en España o necesariamente tiene que devolverse a Colombia.
Tambien quería saber si me pueden informar de los tramites de la reagrupaciòn, quien la puede pedir, cuanto tarda y donde la tengo que tramitar aqui en Barcelona porque la verdad de eso no tengo ni idea?.
La Reagrupación Familiar, es una figura que tiene efectos solo para las personas que tienen el derecho y se encuentran en su país de origen. Si puedes advertirme que tiempo lleva radicada en España tu madre, podría darte una respuesta mas amplia.
Es procedente la Reagrupación de los hijos menores y esposo/a, de manera favorita; tambien se puede reagrupar a los padres e hijos mayores, en el primer caso cuando se demuestra que dependen económicamente de ti, e igual sucede con los hijos mayores, para lo cual es muy importante por ejemplo se encuentren adelantando estudios superiores.
Entre los documentos requeridos, tenemos:
+ Demostrar capacidad económica (nómina o declaración de renta en caso de ser autónomo)
+ Tener vivienda con espacio para el reagrupado; se tiene en cuenta la cantidad de personas empadronadas.
+ Concepto de la trabajadora social del ayuntamineto de tu domicilio, previa visita; debo decirte que tardan bastante en ir, debido al presunto exceso de trabajo, en consecuencia puedes pedirle a un notario de fé de la capacidad para reagrupar, tiene el mismo valor probatorio de la trabajadora social.
+ Contrato alquiler apartamento o escritura de propiedad.
+ Rellenar el impreso correspondiente
+ Identificación NIE o DNI
+ Seguridad Social (Afiliación)


En el país de origen:
+ Pasaporte completo y actualizado
+ Fotografias, allí le indican el tamaño y demás
+ Certificado médico
+ Solicitar el visado por RF


Quisiera saber que me conviene mas para reagrupar a mis hijas si esto fuese posible, ellas son Colombianas mayores de edad, pero estudiantes de universidad y dependientes economicamente de mi, soy casada con Español y poseo la nacionalidad Española, ahora mismo no tengo trabajo y percibo la ayuda del gobierno de 426 euros pero mi marido si tiene trabajo e ingresos de 1800euros mensuales, y desearia saber si es bueno solicitar ahora la reagrupacion o simplemente una visita familiar ya que hace muchos años no nos vemos, y deceamos que ellas vengan aca solo por vacaciones ya que no han terminado sus carreras, pero de todas formas esto sería como ir adelantamdo para cuando terminen, y si es viable cualquiera de las dos que documentación necesitaría?
Si tu intención es solo visita, no tienes porque pensar en Reagrupación Familiar, sino en tramitar carta de invitación, y como tu lo afirmas, cuando hayan terminado sus estudios pensar en la figura de reagrupación.
Para obtener la carta de invitación, sería procedente la hicieras conjuntamente con tu esposo, en razón de sus ingresos, ya que a ti sola, no te la aprobarian por escasos recursos.


COMO HACER LA CARTA DE INVITACION
La carta de invitación es uno de los documentos que exigen los consulados para gestionar una visa de turista (en lugar de la reserva de hotel) y el requisito favorito de la policía de frontera para denegar la entrada de los latinoamericanos que no necesitan visado para entrar a España.
Es importante aclarar que la carta de invitación no garantiza la expedición del visado. "La gente cree que el problema es conseguir la carta, pero la verdad es que la otorgan en el 95% de los casos. Es un negocio para la policía, que cobra más de cien euros por elaborarla".
Los papeles exigidos, pueden variar de una comisaría a otra o entre provincias.
Sin ir más lejos, en las estaciones de policía de Madrid advierten que se trata de un "texto variable con los requisitos que pueden ser exigidos".


DOCUMENTOS RELATIVOS A LA VIVIENDA


Escritura pública o título de propiedad (si la casa es propia)
Contrato de arrendamiento (si vive de alquiler)
Certicado municipal del número de personas que están empadronadas en la vivienda.
Justificado del presidente de la comunidad (del edificio) que especifique cuántas personas habitan el piso.
DOCUMENTOS DEL INVITANTE


DNI o tarjeta de residencia
Pasaporte
Medios económicos del invitante: tres últimas nóminas, declaración de renta (si tiene), cartilla del paro, etcétera.
DOCUMENTOS QUE ACREDITAN EL VÍNCULO CON EL INVITADO


En caso de ser familiares: registro civil de nacimiento o cualquier documento que demuestre el parentesco.


Copia del pasaporte autenticada o compulsada de forma oficial.Ya que en nuestros países no existe nada parecido al empadronamiento recomiendo digas a tus hijas acercarse a la alcaldía o municipalidad y solicitar certificado de vivienda, al funcionario le llamará la atención tal solicitud, pero es muy importante, y es posible aportando recibo de luz, o agua, gas, teléfono etc.
Todos los documentos se deben presentar en original y copia, no se admite nada escaneado (enviado por correo electrónico)
Después de reunir la documentación, pasarse por la comisaría de la Policía Nacional más cercana a su domicilio para solicitar un impreso que deberá entregar diligenciado.
El trámite se demora alrededor de quince días, dependiendo del lugar. Si le resulta aprobada tendrá que pagar dos tasas que suman 103 euros.
Tus hijas en Colombia deberán reunir de momento los siguientes documentos:

* Pasaporte en vigor.
* Billete de ida y vuelta (Sería muy creíble para el consulado que viajaran precisamente en época de vacaciones estudiantiles.
* Certificación de estudios
* Certificación de época de vacaciones(expedida por el centro de estudios)
* Carta de invitación
* Seguro médico.


Solicito información sobre una sentencia reciente en Andalucía sobre la reagrupacion de padres de nacionalizados españoles la cual les da el estatus de comunitarios?
Esta sentencia ya esta en vigor, se ha publicado en el BOE el dia 3 de noviembre de 2010, ya ha sido modificado el real decreto 240/2007 y por lo tanto los padres de nacionalizados ya podran ser reagrupados en regimen comunitario, te recomiendo que leas las instrucciones DGI/SGRJ/03/2007 paginas 4 a 7 y las DGI/SGRJ/03/2010, recuerda que aqui ya no tienes que ir a la oficina de extranjeria, se tiene que presentar directamente ante el consulado español en el pais de origen y solicitar el visado en regimen comunitario previa presentacion de los requisitos.

Que documentación necesito para reagrupar a mis padres, ya que ellos están en Colombia y yo en Bilbao?. Mi esposo, mis hijos y yo ya tenemos la nacionalidad española.
Existe una sentencia que modifica el real decreto 240/2007 y por lo tanto los padres de nacionalizados ya podran ser reagrupados en regimen comunitario; en mi criterio no me gusta recomendar esa vía, porque es el momento en que el consulado de Éspaña en Bogotá, o la desconocen en su totalidad, o se hacen los de la vista gorda, y como allí no hay especialistas en derecho de extranjería español, pues no pasa nada. Sigo insistiendo en la vía del trámite tradicional, y es la que se encuentra en la Ley Orgánica 2/2009 de 2 de diciembre, que requiere que los padres no se encuentren en edad laboral, es decir, que sean mayores de 65 años, y traerlos mediante carta de invitación que se tramita en la comisaria de Policia de tu domicilio, tiene un coste de 105 euros, y allí te piden la información requerida para que los tengas en España.
La carta de invitación es uno de los documentos que exigen los consulados para gestionar una visa de turista (en lugar de la reserva de hotel) y el requisito favorito de la policía de frontera para denegar la entrada de los latinoamericanos que no necesitan visado para entrar a España.

Quiero realizar la reagrupación familiar en régimen comunitario a mi esposo (nos casamos en España) que está en Colombia. Por esto quiero viajar a realizar éste trámite y me gustaría preguntar un par de cosas al respecto:
1. Cuanto tiempo puede tardar desde q se inicia el trámite hasta su concesión en Bogotá
2. Una vez se concede el visado por reagrupación familiar, en cuanto tiempo cómo máximo tendría que viajar a España. Este visado lo dan por cuanto tiempo? 3 meses, 6 meses? está claro que una vez llegue la persona a España tiene que sacar su tarjeta comunitaria.
Si se casron es España como lo manifiestas, pienso inscribieron su matrimonio en el Registro Civil Central, y por ende la tarjeta comunitaria era solo un paso a dar y ya está; a decir verdad, quien sabe que pegas te pueden poner allí, como quiera que, la Reagrupación Familiar se acostumbra(por Ley) hacer, estando en origen el reagrupado y el reagrupante debe cumplir con los requisitor exigidos en España; el Consulado de España en Colombia, anda con pasmosa lentitud, y parece que hace interpretaciones no muy saludables respecto a la Ley de Extranjería, amén, de que allí no hay abogados expertos en Extranjería.
En cuanto a la duración del trámite, en estricto derecho no debe ser mayor de 90 días, pero como te digo, los términos allí no se cumplen, es la parte negativa, no quiero generalizar, si cuentas con suerte, te podrían resolver en 30 días, por decir algo.
Una vez concedido el visado de familiar de miembro de la Unión Europea, debe viajar lo antes posible, por lo general los visados tienen validez de 90 días.

Quiero traer a mi hija, estoy casado con española y queremos traer a mi hija he llevado la documentación a extranjería, allí me dijeron por ser en régimen comunitario debo enviar la documentacion a la embajada de España en Colombia. Que documentación tengo que enviar?
Cuentas con la autorización del padre para que tu menor hija pueda salir de Colombia, o por el contrario tienes la custodia?, porque si su padre esta en Colombia y de acuerdo en que su hija viaje a España, él perfectamente puede hacer el trámite que se requiere en el consulado de España en Colombia, ya que al ser menor de edad requiere la representación legal.
Podrias reagruparla como familiar de miembro de la Unión Europea, se necesita acta de nacimiento, para demostrar la causalidad, tu DNI., pasaporte completo, fotos, rellenar el formulario correspondiente y las tasas que requiera el consulado de España en Colombia.

11 comentarios:

  1. Buenas noches:
    Soy peruana de nacimiento, casada con un español y actualmente tengo nacionalidad española. Tengo en perú un hermano menor de edad y debido a las circunstancias mis padres (separados) no pueden hacerse cargo de él. Mi marido y yo queremos traernos a mi hermano a España, educarlo hasta que la situacion de mis padres se vea resuelta. ¿Cuál sería la mejor opción para traer al pequeño en el menor tiempo posible a España?. ¿Podriamos ser sus representantes legales en España `para acelerar el proceso?. El tiene trece años e iría al instituto. Muchas gracias.

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  2. hola:
    trabajo en españa en un hotel piensan ayudarmen con un contrato de trabajo para traerme a mi mujer de colombia. eso seria posible ?¿?¿
    GRACIAS

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  3. Buenos días

    Mi nombre es Daniel, soy Español y mi pareja (no estamos casados) es Colombiana y tiene la tarjeta de residencia en España por 5 años. Yo actualmente estoy trabajando pero mi pareja no encuentra trabajo y queríamos traer con nosotros a los hijos de mi pareja: 2 niños de 8 y 12 años. ¿que pasos debebemos seguir? En cuanto al tema de trabajo para mi pareja, ¿no existe un organismo que nos pueda ayudar en ese aspecto?

    Muchas gracias,

    Daniel.

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  4. hola buenas tardes

    quería pedir información sobre lo que tengo que hacer para traerme a mi madre de mi país

    muchas gracias

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  5. llevo 14 años en España y 7 con la nacionalidad, he intentado reagrupar a mi madre, y no ha habido forma, ella tiene ahora 80 vive sola, aunque tengo dos hermanos uno vive en otra ciudad y es imposible verla con frecuencia y el otro,realmente es como si no existiera . yo la sostengo y envio mensualmente para su sustento realmente estoy desesperada, necesisto cuidar de ella, yo tengo aquí una vida organizada, aunque vivo sola tengo mi trabajo fijo y medios de vivienda en condiciones , asi que debo hace?'

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  6. quiero añadir otros comentario que olvide aclarar , España me aprobó el visado por 5 años tramite de reagrupación de mi madre, pero en Colombia , el consulado de España me denego el visado de salida. por eso escribo para que me orienten que hago? A quien recurro? que tramites debo hacer? será imposible, que yo como española, al tener la nacionalidad no pueda disfrutar deella aquí en España?

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  7. Hola quiero traer a mi madre con tarjeta comunitaria ya que tengo la doble nacionalidad la Colombiana y la Española , por que me caso y soy su unica hija y veo por ella , cada mes le hago sus giros, mi pregunta es que papeles debo mandarle a colombia , ya que tiene la cita muchas gracias por su colaboración.

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  8. Hola mi esposo quiere que mi hijo de 6 años y yo vayamos a españa solicitando el una reagrupacion el inconveniente es que mi hijo que es de el tambien solo figura con mis apellidos ¿como el y yo podemos hacer ayudenme?

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  9. Hola soy colombiana con nacionalidad española me casé como española en Colombia y fui a España,para inscribir mi matronio esto hace tres años,actualmente estoy en Colombia y me informa el abogado que ya tengo mi libro de familia,quiero solicitar la reagrupación de mi esposo.
    Que tipo de solicitud debo diligenciar?
    Que documentos debe enviarme el abogado?
    Debo presentarme a la embajada con mi esposo?
    Por favor estoy confundida y quiero presentarme con toda la documentación necesaria gracias por su colaboración.

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  10. enrique martin
    hola mi espòsa la reagrupo en españa, mi cuñada la hermana de ella en cuanto tiempo mi esposa me puede reagrupar a mio pedir a mi.
    gracias







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