sábado, 20 de noviembre de 2010

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE SALIDA DE MENORES DE COLOMBIA

Si viaja con un menor de 18 años ¿Cuáles son los requisitos para su salida del país?
Los menores de edad colombianos, y extranjeros titulares de visa de residente en Colombia, deben presentar para salir del país los siguientes requisitos:
Pasaporte vigente del menor
Registro civil del menor
Permiso suscrito por el (los) padre (s) que no viaja (n) con el menor, que contenga la siguiente información: lugar de destino, propósito del viaje, fecha de salida y de regreso al país.
Si el padre o madre se encuentra en Colombia el permiso debe estar suscrito ante notario público.
Si el padre o madre se encuentra en el exterior, el permiso debe estar suscrito ante el Cónsul colombiano. De no ser posible ubicar un consulado colombiano cerca de su residencia, el permiso debe estar diligenciado en idioma español, suscrito ante notario público, debidamente apostillado y siempre debe ser en original.
Cuando uno de los padres haya fallecido, se debe presentar el Certificado de Defunción del mismo. En caso de fallecimiento de los dos padres, se debe presentar el permiso de salida suscrito por el representante legal o tutor del menor conforme a la Ley.
Los menores adoptados deben presentar copia de la sentencia de adopción debidamente ejecutoriada.
Cuando los padres están en conflicto deben presentar permiso expedido por el Juez de Familia.
Si la patria potestad está en cabeza de uno de los padres, se debe presentar copia de la sentencia debidamente ejecutoriada.
Si el permiso está otorgado por escritura pública, se debe presentar copia de la misma con la certificación de su vigencia.
Los menores con doble nacionalidad, deberán presentar el permiso de viaje del padre que no viaje con él, así no tengan domicilio permanente en el país.
La sentencia sobre la custodia o patria potestad expedida en otro país, diferente a Colombia, no tendrán validez en territorio nacional. A menos que la Corte Suprema de Justicia la declare exequátur o aplicable en Colombia.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, será la entidad competente para otorgar el permiso de salida de un menor, en el caso que se desconozca el paradero de uno de los padres, no pueda otorgarlo o el menor carezca de representación legal.

¿Qué es la Patria Potestad?
Es el conjunto de derechos y obligaciones que la Ley confiere a los padres sobre las personas y bienes de sus hijos, está regulada por el Código Civil Colombiano.
¿Cuándo se pierde la Patria Potestad?
Se pierde por Sentencia Judicial.
Ésta no puede ser conciliada ni se puede renunciar a ella por voluntad.

¿Qué es custodia?
Es la que determina, quién de los padres tiene el cuidado del menor, lo cual no quiere decir que el otro padre haya perdido la Patria Potestad. Por lo tanto, en caso que el menor salga del país, se requiere presentar el permiso del padre que no viaja con el menor.

2 comentarios:

  1. mi hija es de nacionalidad española , es nacida aya , necesito la autorizacion del padre para sacarla del pais??

    ResponderEliminar
  2. Mi hija tiene doble nacionalidad necesita el permiso del padre q es colombiano pa viajar conmigo a colombia?

    ResponderEliminar

Información para todos los colombianos en España, nuestro objetivo es informar, divertir y ser el lazo conductor de los colombianos con su tierra: http://www.colombiaenespana.com