martes, 4 de enero de 2011

Los 14 puntos claves de la Reforma Tributaria en Colombia

Estos son los 14 puntos principales que quedaron incluidos en el texto que fue aprobado en el Congreso, tras el primer intento de conseguir recursos adicionales para financiar las cinco locomotoras que hacen parte del Plan de Gobierno de Juan Manuel Santos, hasta el 2014.

El Gobierno tiene un plazo de seis meses para modificar el régimen sancionatorio y el procedimiento administrativo que deberá aplicar la Dian.

Estos son los principales aspectos en materia tributaria:



1.Se elimina la deducción del 30% por inversión en activos fijos reales productivos (equipos y maquinaria entre otros). Para las empresas con la expectativa de obtener contratos de estabilidad jurídica, se podrá utilizar la deducción durante un plazo no superior a tres años.

2. Rebaja para los contribuyentes que tienen deudas con la DIAN: cincuenta por ciento (50%) de ahorro en sanciones e intereses moratorios, si cancelan la totalidad del impuesto dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de entrada en vigencia de la Ley. Diez (10) meses para los agricultores, en atención a la ola invernal.

3. Se adoptan medidas que buscan la bancarización y formalización, limitando gradualmente el reconocimiento como costos deducibles del impuesto de renta a las transacciones que se realicen en efectivo.

4. Se establece un cronograma para el desmonte del Gravamen a los Movimientos Financieros (4X1.000), así: Al 2X1.000 en los años 2014 y 2015; al 1X1.000 en los años 2016 y 2017.

5. Para contrarrestar el impacto del Gravamen a los Movimientos Financieros (4X1.000), se establece que a partir del año gravable 2013 será deducible el cincuenta por ciento (50%) de este impuesto, siempre que haya sido efectivamente pagado por los contribuyentes durante el respectivo año gravable, independientemente que tenga o
no relación de causalidad con la actividad económica delcontribuyente y que se encuentre debidamente certificado por el agente retenedor.

6. Se amplía el Gravamen a los Movimientos Financieros (4 X 1.000), gravando transacciones tales como pagos derivados de operaciones de compensación y liquidación de valores, derivados, divisas o en bolsas de productos agropecuarios.

7. Quedan exentos del 4x1.000 los desembolsos de créditos para adquisición de vehículos, vivienda y activos fijos.

8. No estarán obligados a presentar declaración bimestral de IVA los responsables del régimen común en los periodos que no haya efectuado operaciones.

9. No será obligatoria la presentación de la declaración mensual de retención en la fuente en los periodos que no haya efectuado operaciones sujetas a impuesto.

10. Los responsables del impuesto sobre las ventas y agentes de retención que no hayan cumplido con la obligación de presentar sus declaraciones, podrán hacerlo dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de entrada en vigencia de la Ley, sin liquidar sanción por extemporaneidad.

11. Se amplía el beneficio de auditoria a los años gravables 2011 y 2012, y se sube el porcentaje que el contribuyente debe reflejar en su impuesto neto de renta.

12 Se fomenta el uso de Internet en los estratos populares residenciales (1, 2 y 3), excluyéndolos del IVA.

13. Se excluye del IVA el combustible para aviación que se utilice en el transporte aéreo nacional de pasajeros y de carga, con destino a los departamentos de Guainía, Amazonas y Vaupés; según el número de galones determinado por la ley.

14. En relación con la Ley de Formalización Empresarial y Primer Empleo, se destaca que menos asalariados tendrán obligación de declarar, toda vez que se aumenta el tope de ingresos anuales que da origen a esta obligación (4.073 UVT= a $102.362.636)
Publicado en DINERO.COM

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